Desde el Ayuntamiento de Monesterio se han hecho en la tarde de hoy públicas las bases reguladoras del procedimiento de concesión directa de subvenciones destinadas a empresas del municipio para atenuar el impacto económico del COVID-19:
OBJETIVO: apoyar, fomentar e impulsar la actividad económica por medio del establecimiento de ayudas destinadas a preservar la actividad económica de los sectores empresariales ante la situación de crisis económica originada por el COVID-19.
FINALIDAD: concesión de ayudas directas
BENEFICIARIOS: personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes, sociedades civiles u otras entidades económicas sin personalidad jurídica, legalmente constituidas que lleven a cabo actividades económicas y que cumplan los siguientes requisitos:
- Que la actividad económica sea desarrollada por una persona autónoma, una microempresa o pequeña empresa y PYMES.
- Que la actividad se haya visto afectada por el cierre del establecimiento, o que la actividad se haya sufrido una reducción de la facturación de al menos el 75% de sus ingresos.
- Que la actividad afectada por el cierre no se ha visto compensada por un aumento de la facturación mediante un incremento del volumen de negocio online o telefónico.
- Estar dado de alta en el régimen de la Seguridad Social o en la Mutua Profesional y en hacienda en el momento de presentación de la solicitud.
- Que el domicilio fiscal y en su caso, el local de desarrollo de la actividad se encuentre en el término municipal de Monesterio.
- Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con Hacienda Estatal, con la Tesorería General de la Seguridad Social y con la Tesorería de la Hacienda Local del Ayuntamiento de Monesterio.
- Haber justificado cualquier subvención que le haya sido concedida con anterioridad por el Ayuntamiento de Monesterio.
CUANTÍAS MÁXIMAS DE LA SUBVENCIÓN: se otorgará una subvención por los siguientes importes máximos individualizados por persona o entidad beneficiaria, hasta agotar crédito presupuestario para este fin.
300€ para los supuestos de cese y/o cierre de la actividad como consecuencia de la declaración del estado de alarma.
150€ para los supuestos en que la actividad desarrollada haya sufrido una reducción de su facturación de al menos 75%.
GASTOS SUBVENCIONABLES: serán objeto de subvención los siguientes gastos, debiendo destinarse e invertirse al menos el 50%, en equipos de protección individual o la adopción de medidas higiénico sanitarias:
- Gastos por licencias de uso de herramientas y/o aplicativos informáticos para el impulso y desarrollo del teletrabajo o el comercio electrónico por internet.
- Adquisición de material fungible destinados a los Equipos de Protección Individual o la adopción de medidas higiénico sanitarias
- Gastos en concepto de arredramientos de local comercial y/o inmueble donde se desarrolle la actividad.
- Gastos constituidos por impuestos, tasas y precios públicos de carácter municipal.
PERIODO SUBVENCIONABLE: los gastos subvencionables comprenderán todos aquellos soportados en el período comprendido entre el 14/03/2020 y el 30/11/2020.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: desde su publicación hasta el 15 de julio 2020
SOLICITUD Y DOCUMENTACIÓN:
- Anexo I Modelo normalizado ( puede descargarse en la pag web del Ayuntamiento de Monesterio www.monesterio.es )
- DNI/NIF
- Copia de la resolución de reconocimiento del derecho a la prestación extraordinaria por cese de la actividad o reducción de ingresos.
- Acreditación documental de la constitución de la sociedad civil, comunidad de bienes u otras entidades económicas sin personalidad jurídica.
- Escritura de constitución y estatutos de la persona jurídica.
- Acreditación de los poderes del representante legal.
LUGAR DE PRESENTACIÓN
- En la sede electrónica del Ayuntamiento; https://sede.monesterio.es
- Cualquier oficina de la Red ORVE (Registro virtual a través de la red SARA) o el propio registro de la red SARA: https://rec.redsara.es
- En el Registro del Ayuntamiento de Monesterio, y en los demás lugares contemplados en el artículo 16 de la ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común.
INFORMACIÓN
U.M.D.F “Antonio Morales Recio”-Las Moreras
Avda de Portugal, 29
Monesterio
Telf: 924516636/924516640
Email: correomoreras@gmail.com